jueves, octubre 05, 2006

 

Discriminación en la División de Estudios Jurídicos de la U. de G.

Guadalajara, Jalisco a 30 de septiembre de 2006

MAESTRO ADALBERTO ORTEGA SOLÍS
DIRECTOR
DIVISION DE ESTUDIOS JURÍDICOS
adalberto@csh.udg.mx


JOSE ANTONIO GONZALEZ OROZCO
PRESIDENTE
DIVISION DE ESTUDIOS JURÍDICOS
hechoenderecho_udg@yahoo.com.mx


PRESENTES:

Su servidor, es estudiante de la Licenciatura en Derecho en el Sistema Semiescolarizado; actualmente curso el quinto semestre en el grupo A.

Por este conducto quiero externarles mi preocupación acerca de ciertas conductas discriminatorias específicamente hacia homosexuales y lesbianas por parte de académicos pertenecientes a esa Honorable División de la Universidad de Guadalajara; Institución que por cierto, me siento muy orgullo de pertenecer a ella.

Durante el curso de mi primer licenciatura en la División de Contaduría del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas de esa misma Alma mater me fue grato no haber pasado nunca por una situación penosa y denigrante originada por algún tipo de comentario y actitud con sentido discriminatorio o de homofobia durante los estudios; contrario a ello, ha sido en esta mi segunda carrera profesional.

Desafortunadamente, desde mi ingreso a la División de Estudios Jurídicos me he topado con algunos maestros y maestras con éstas lamentables características que fomentan en las y los compañeros de salón, actitudes de segregación incluso de confusión y distorsión respecto a la información en el tema. El límite fue en la clase de éste viernes pasado.

El Sistema de Créditos podría considerarse como una herramienta para evitar esos tipos de casos; pero la situación no es esa, espero se entienda.

Recordemos que la Universidad de Guadalajara tiene como misión que “la educación que imparte tiende a la formación integral de los alumnos, al desenvolvimiento pleno de sus capacidades y su personalidad; fomenta en ellos la tolerancia, el amor a la patria y a la humanidad, así como la conciencia de la solidaridad en la democracia, en la justicia y en la libertad”. Plasmada en su Ley Orgánica bajo el artículo 8.

Por otro lado el Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades tiene como objetivo “formar profesionistas capaces de contribuir al rescate de lo mejor del ser humano, y para que expliquen nuestra condición y así alivien nuestra soledad y confusión”. Asimismo, la División de Estudios Jurídicos “Responde a la demanda social que requiere más y mejores especialistas en el ámbito jurídico”.

Según la Primera Encuesta Nacional Sobre Discriminación en México 90% de la población mexicana señala que sigue existiendo discriminación; prácticamente una de cada tres personas pertenecientes a los grupos minoritarios como lo es el homosexual ha sufrido discriminación por su condición en el último año.

Con el punto anterior quiero decir que dentro de la División no soy el único; existimos muchos y muchas de los cuales por distintas y diversas circunstancias no lo han externado. Mi decisión por externar mi orientación abierta y públicamente conocida me ha llevado ha obtener varios logros con beneficios plurales.

POR TAL MOTIVO y en base a la experiencia obtenida en mis distintas participaciones en espacios públicos como el caso del Primer Congreso de Derecho al cual fui invitado por el equipo de José Antonio González y en los que he apreciado las actitudes positivas y de apoyo en la mayoría de las y los participantes,

PROPONGO QUE:

• Con la finalidad de prevenir y erradicar la discriminación dentro de la División de Estudios Jurídicos hacia la Diversidad Sexual, Se implemente una Campaña contra la Discriminación a través de información científica libre de prejuicios enfocada tanto al personal Académico y Administrativo, como hacia las y los Alumnos; de tal manera que permita generar un ambiente de respeto e inclusión; pero sobre todo, para que algunos académicos no sigan incumpliendo con lo establecido por el marco jurídico vigente. 1.

• Se cree dentro del Comité de Alumnos una Secretaría encargada de elaborar programas y proyectos, al mismo tiempo que le de el seguimiento y evaluación correspondiente.

1. Marco jurídico vigente:

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTICULO 1, Tercer párrafo:
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

ARTICULO 3, FRACCION II
El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
Además:
c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto, por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos;


LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION
Artículo 4.- Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Artículo 9.- Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.
…se consideran como conductas discriminatorias:
XXVII. Incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria, persecución o la exclusión;
XXVIII. Realizar o promover el maltrato físico o psicológico por la apariencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual,

CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE JALISCO

ARTICULO 4 Segundo párrafo:
Se reconocen como derechos de los individuos que se encuentren en el territorio del Estado de Jalisco, los que se enuncian en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y en los tratados, convenciones o acuerdos internacionales que el Gobierno Federal haya firmado o de los que celebre o forme parte.

DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

ARTICULO 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

ARTICULO 26. PUNTO 2.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad…

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS SEXUALES

4- El Derecho a la Equidad Sexual: Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o invalidez física o emocional.
9- El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico: La información sexual debe ser generada a través de un proceso científico y ético y difundido en formas apropiadas en todos los niveles sociales.
10- El Derecho a la Educación Sexual Comprensiva: Este es un proceso que dura toda la vida, desde el nacimiento y debería involucrar a todas las instituciones sociales.

CONFERENCIA MUNDIAL DE DERECHOS HUMANOS DE VIENA

Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí… los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.






Sin otro particular por el momento, me despido quedando ante ustedes para cualquier duda o aclaración a la presente.


Atentamente,


Lic. Rodrigo Rincón Jiménez


c.c.p. Personal Académico de la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Para su conocimiento.

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